El contenido sexual en nuestras pantallas y qué hacemos con eso- RED/ACCIÓN

El contenido sexual en nuestras pantallas y qué hacemos con eso

 Una iniciativa de Dircoms + RED/ACCION

¿Cuáles son los tipos de violencia sexual en línea? ¿Qué hacemos cuando recibimos mensajes con pornografía sin haberlos solicitado? ¿Cuándo este material puede derivar en delitos penados con prisión? Te lo contamos, en esta nota.

El contenido sexual en nuestras pantallas y qué hacemos con eso

Ilustración: Pablo Domrose

Extorsión sexual, un mal uso del sexting, pornografía no consentida, son tipos de abuso sexual en línea. Y son, en nuestros días de hiperconexión, cada vez más frecuentes. El material con contenido sexual explícito viaja de celular a celular casi a la velocidad de la luz. Llega en cataratas —aunque no se lo haya solicitado ni se desee verlo— desde grupos de WhatsApp del trabajo, de deportes, de compañeros y compañeras de diferentes actividades, grupos de los que usuarios y usuarias no quieren salir por presión social o porque quedarían por fuera de otras conversaciones. Pero aunque recibir este tipo de mensajes o fotografías puede ser, en muchos casos, un hecho naturalizado porque es considerado un chiste, se camufla en memes e historietas, es un asunto que puede derivar en situaciones graves de abuso, y en el que es necesario detenerse.

Para entender más y saber qué se puede hacer al respecto —cómo prevenir estas situaciones, cuáles son las soluciones posibles— desde RED/ACCIÓN decidimos indagar entre nuestros miembros y lectores: mediante una encuesta les preguntamos cómo circula el material con contenido sexual en sus teléfonos y qué hacen con él. De esa manera nos sumamos a la campaña que, con el hashtag #HablemosDelAbusoSexualEnLínea, lanzaron nuestros colegas colombianos de Mutante, un conjunto de periodistas que propone instalar una nueva conversación y plantea “otra manera de hablar, comprender y actuar frente a los problemas de nuestro tiempo”.

Las premisas de las que partieron indican que “para entender un problema es necesario nombrarlo” y que “parte del problema del abuso sexual en línea es lo poco que sabemos de él”. En la misma dirección, lanzamos al ciberespacio los siguientes disparadores para invitar a la audiencia a completar la encuesta sobre un tema que nos inquieta: “¿Cuántos de nosotros hemos recibido material de contenido sexual sin haberlo solicitado? ¿Cuántos lo hemos reenviado? ¿Cuán expuestos están nuestros hijos al tema?”.

Esto fue lo que recogimos:

  • El 70% de los participantes dijo que había recibido en su teléfono o mail material de contenido sexual que no había solicitado.
  • El 73% borró ese contenido después de recibirlo, pero el 17% lo compartió con otras personas en entornos digitales.
  • El 83% recibió el contenido a través de Whatsapp.
  • El 18,6% dijo haberse topado con material de abuso sexual infantil en la red. El 75% lo dejó pasar.
  • El 100% de los participantes aseguró que no sabe cómo denunciar el abuso sexual en línea.
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Fuente: mutante.org. Diseño: Lola Naranjo

¿Se puede vivir la sexualidad digital de una manera segura?

Cómo practicar sexting sin correr riesgos de que las imágenes se difundan y lleguen a personas no involucradas en el intercambio es una de las consultas que el equipo de Faro Digital, una ONG que se dedica a promocionar y construir ciudadanía digital a través de campañas, jornadas de debates, talleres y charlas, recoge con más frecuencia. No solo por parte de jóvenes y adolescentes, sino también de adultos que comienzan “a explorar sus sexualidades y cuerpos, en un mundo mediado por las pantallas”.

“Desde Faro impulsamos la campaña #SexteáConLaCabeza, que apunta a brindar información a quienes deciden practicar sexting para que lo realicen de manera segura, cuidando su intimidad y privacidad”, dice Ezequiel Passeron, director ejecutivo de la organización. Y señala algunas medidas a tener en cuenta:

  • Responsabilidad y deseo propio: es esencial realizar la práctica de manera consciente, sin ser forzados por otras personas.
  • Anonimato: no brindar información personal, mostrar el rostro, marcas de nacimiento o tatuajes. Nada que pueda relacionar la foto o video con la identidad de alguien.
  • Seguridad informática: es importante el uso de contraseñas en los dispositivos y cuentas, elegir servicios de mensajería que cifren los contenidos enviados, no compartir material utilizando redes de conexión públicas.

La sexualidad digital debe ser una elección. “Cuando alguien nos envía material con contenido sexual sin que lo hayamos solicitado, estamos hablando de acoso sexual”, afirma Passeron. Frente a esta situación cotidiana de abuso también podemos hacer algo.

Plataformas como Whatsapp, una de las más utilizadas para compartir este tipo de contenido, ofrecen una opción para que el material no se descargue al dispositivo automáticamente. Esta posibilidad, según informa Passeron, “podemos extenderla a cualquier chat, o bien tenemos la opción de salirnos de estos grupos donde circulan memes, gifs o videos que no deseamos ver”.

Enrique del Carril, director del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, coincide con esto. Asegura que las prevenciones dependen de las posibilidades de cada plataforma. Y llama la atención respecto a que una persona a la cual se le descargó de manera automática  una foto o video con pornografía infantil que no solicitó puede ser procesada penalmente. En estos casos, posiblemente pueda determinarse que recibió un contenido que no pidió ni quiso abrir, sin embargo no va a estar exenta del proceso judicial.

Para poder vivir una sexualidad virtual libre, sin ponerse en riesgo, desde Faro Digital recomiendan hablar del tema. Informarse. Dialogar con padres, madres y docentes, “para que acompañen a los más chicos en el uso que hacen de internet”.

¿Todo el contenido sexual que circula pantalla a pantalla implica un delito?

Las diferentes maneras de interactuar sexualmente en línea tienen sus particularidades y algunas de ellas pueden derivar en delitos, sin embargo no todas lo son.

Enrique del Carril explica que el Ministerio Público Fiscal tiene un convenio con una ONG norteamericana (National Center for Missing and Exploited Children) que es la encargada de recibir los informes de tráfico de imágenes sexuales infantiles en los prestadores de servicio de internet que tienen base en Estado Unidos, que son la mayoría. Luego les envían a ellos toda la información vinculada a algún tipo de intercambio con contenido sexual explícito entre menores de edad para que analicen caso a caso. Reciben hoy un promedio de 130 y 150 casos por día.

De ese número, que incluye todo el material en el que circulan imágenes, fotos, videos, ellos deben discernir, estudiando uno a uno, cuándo se trata de hechos delictivos y cuándo no.  

“El ejemplo típico es un caso de sexting donde dos chicos menores se pasan una foto o la novia le pasa al novio. No es un delito pero el algoritmo que detecta el material no hace diferencia”, explica del Carril. Ese tipo de casos son archivados. En cambio, hay delito “cuando un mayor de edad envía pornografía infantil a otros mayores; o cuando un mayor acosa a un menor, que eso es el grooming —señala—. Igualmente, cuando no es delito, también registramos las imágenes porque lo que muchas veces pasa con el sexting entre chicos, y ese es el peligro, es que después esas fotos o videos se viralizan y pasan a las redes de mayores”.

El director del Cuerpo de Investigaciones Judiciales también especifica que las imágenes de menores consideradas pornografía infantil son aquellas en las que “hay cualquier representación de un menor exhibiendo sus genitales o en actividades sexuales explícitas. Esta denominación que está en nuestra ley pero viene del convenio de Budapest sobre cibercrimen trae algunas dudas respecto a qué quiere decir representación —detalla—. Para nosotros es solo si hay un menor físico, real; en algunos países consideran que representación incluye, por ejemplo, a un dibujo, en otros incluso llegan a decir que es cuando alguien está actuando como si fuera un menor. Para Argentina es efectivamente cuando hay un menor. Los dibujos no. La representación teatral de un menor, tampoco”.

Para las personas que compartan, produzcan o posean pornografía infantil, el artículo 128 del Código Penal establece penas de hasta tres años de prisión. El Ministerio Público Fiscal procesa todas las semanas a acusados de estos delitos.

Si bien la ley no contempla como agravante que quien produzca o comparta pornografía infantil tenga una profesión que le implique estar en permanente contacto con menores, como por ejemplo el caso del pediatra del Hospital Garrahan, Ricardo Russo, de Carril dice sobre eso que, “la producción [uno de los delitos que se le adjudica a Russo] es evidentemente más grave que la distribución, entonces las penas son más altas”. Y aclara: “Siempre estamos hablando de casos en los que no haya contacto con un menor porque entonces es abuso sexual, que es otra cosa. Si hablamos de que una persona produjo con chicos concretos y abusó de ellos nos referimos, además de ese delito, a delitos de violación o corrupción de menores, delitos sexuales puros”.

Del número de casos que reciben a diario dice que lo más frecuente son memes: “imágenes que entran en esa categoría pero son, más que nada, chistes de mal gusto; una imagen de un menor en alguna situación que se pasa sin intención de transmitir pornografía infantil”. En segundo lugar, está el tráfico de imágenes de menores entre mayores y el grooming.

Sobre las plataformas virtuales y redes más utilizadas para la circulación de imágenes sexuales, de Carril explica que varían según la edad de los usuarios y lo que estén buscando. Cuando se habla del tráfico entre mayores se utilizan varias, “todos los productos de Facebook (Instagram, Whatsapp, el mismo Facebook)”. En cambio los groomers se meten especialmente en las plataformas donde están los niños, niñas o adolescentes. La principal, hoy, es Instagram.

Ezequiel Passeron también indica que el grooming y la extorsión sexual son los casos de violencia sexual digital por los que son consultados, en Faro Digital, con más frecuencia.

“Existen cada vez más casos reportados a comisarías o fiscalías o a la línea de consulta de la Brigada de nin@s contra la explotación sexual del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En nuestros talleres, con los que hemos recorrido la mayoría de las provincias del país, hemos visto hasta en los pueblos más pequeños casos de chicos o chicas que han vivido este tipo de problemáticas”.

Además cuenta que, en las actividades que brindan en las escuelas, el sexting emerge como una práctica habitual pero trae aparejado, tal como señalaba de Carril, el problema de la viralización de imágenes sin permiso. Sobre eso, habla de la necesidad de un cambio de mirada: “Creemos fundamental hacer foco en la responsabilidad de las personas que comparten las fotos o los videos sin el consentimiento de sus dueños. Muchas veces  ponemos el énfasis en la víctima, como si fuese la responsable (la mayoría de los casos son mujeres) y no atendemos el accionar de quienes difunden y comparten contenidos íntimos de otros”. También respecto a la sextorsión dice que, en prácticamente todos los casos, son los hombres los que extorsionan a las mujeres.

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Fuente: mutante.org. Diseño: Lola Naranjo

¿Qué se debería hacer cuando se recibe material con contenido sexual sin haberlo solicitado?  

Los resultados arrojados por la encuesta que lanzó Mutante en el país cafetero, como las respuestas de la que realizó RED/ACCIÓN, echan luz acerca de que la violencia sexual en línea es un modo común de violencia respecto al cual no se sabe cómo actuar. Y confirman las sospechas: una de las formas más frecuentes en la que somos víctimas sucede cuando recibimos imágenes o videos sexuales por plataformas digitales sin haberlas solicitado. La mayoría de los encuestados y las encuestadas afirman haber dejado pasar este tipo de situaciones. Lo que se vuelve aún más peligroso cuando las imágenes que reciben muestran abusos a menores o pornografía infantil. En el océano de la incertidumbre hay una certeza: nadie sabe bien qué hacer ni cómo combatir la violencia sexual en línea.

La respuesta es denunciar.

En la encuesta de RED/ACCIÓN el 100% de los participantes aseguró que no sabe cómo hacerlo. Acá les dejamos varias opciones:

  • Si el contenido está alojado en una red social, se puede denunciar en la misma plataforma para que sea censurado.
  • Si las imágenes contienen material sobre abuso sexual infantil, hay que denunciarlas al organismo gubernamental correspondiente.
  • Si estás en la Ciudad de Buenos Aires, podés dirigirte personalmente al Ministerio Público Fiscal, llamar a su línea gratuita 0800 33 FISCAL (347225), escribirles por mail a denuncias@fiscalia.gob.ar, bajarte la app denunciasMPF de Google Play Store o de App Store, o ir a cualquier comisaría de la Ciudad de Buenos Aires donde la fiscalía tiene unas cabinas en las que mediante un botón te podés comunicar por skype con los operadores de la central que te toman los datos y la denuncia.
  • Si no estás en la Ciudad de Buenos Aires, también podés hacer la denuncia por estos canales al Ministerio Público Fiscal y ellos la derivarán a la dependencia judicial que corresponda. También podés comunicarte al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación por teléfono 0800-222-1717 o mail equiponinas@jus.gov.ar.